Tribunales de Primera Instancia
Procedimiento: Divorcio
Ponente: Gladys Sánchez de Guzmán
Partes: DEMANDANTE: ZAIRA HERNANDEZ
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Id. vLex: VLEX-31231735
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Esta Sala de Juicio N° 01 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en uso de sus atribuciones legales conferidas en el Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Parágrafo Primero y competente para conocer sobre el presente asunto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la Demanda de Divorcio, incoada por la ciudadana ZAIRA CANDELARIA HERNANDEZ DE MORENO, ya identificada, contra el ciudadano EDGAR RAMON MORENO.

Sentencia nº BP02-Z-2003-761 de Tribunales de Primera Instancia, de 17 de Mayo 2005
TSJ Regiones - DecisiónREPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAPODER JUDICIALSección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui Barcelona, diecisiete de mayo de dos mil cinco 195º y 146° ASUNTO: BP02-Z-2003-000761PARTE DEMANDANTE: ZAIRA CANDELARIA HERNANDEZ DE MORENO PARTE DEMANDADA: EDGAR RAMON MORENOADOLESCENTE: VICTOR ANDRES MORENO HERNANDEZMOTIVO: DIVORCIO VISTOS CON CONCLUSIONES:Se inicia la presente solicitud por escrito presentado por la ciudadana ZAIRA CANDELARIA HERNANDEZ DE MORENO, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.992.246, domiciliado en Cantaura Municipio Autónomo Freites del Estado Anzoátegui, debidamente asistido por el abogado en ejercicio ciudadano JOSE LUIS ALFONZO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.259, quienes ocurren con la finalidad de exponer: Que en fecha 19 de Septiembre de 1978, por ante la Prefectura de la Parroquia San Joaquín del Municipio Anaco, del Estado Anzoátegui, contrajo matrimonio civil con el ciudadano EDGAR RAMON MORENO, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.546.222, según consta en acta de matrimonio cursante al folio 05 del expediente. Y que de esa unión que mantuvo con el ciudadano EDGAR RAMON MORENO, nacieron tres (03) hijos de nombres HECTOR JULIO, MARIANNI VIRGINIA Y VICTOR ANDRES, de veinte (20), dieciocho (18) y dieciséis (16), años de edad, respectivamente, según consta de partidas de nacimientos cursantes a los folios 07 al 09 del expediente. Y que una vez unidos en matrimonio establecieron su domicilio conyugal en la Urbanización la Trilla, Calle El Paraíso, Cruce con Apure, Nº 07, Cantaura...
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