Última modificación 01/05/2008
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Id. vLex: VLEX-38214940
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Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales
TÍTULO I Disposiciones Fundamentales
ARTÍCULO 1.Toda persona natural habitante de la República, o persona jurídica domiciliada en ésta, podrá solicitar ante los Tribunales competentes el amparo previsto en el Artículo 49 de la Constitución, para el goce y el ejercicio de los Derechos y Garantías Constitucionales, aun de aquellos derechos fundamentales de la persona humana que no figuren expresamente en la Constitución, con el propósito de que se restablezca inmediatamente la situación jurídica infringida o la situación que más se asemeje a ella. La garantía de libertad personal que regula el hábeas corpus constitucional, se regirá por esta Ley. ARTÍCULO 2.La acción de amparo procede contra cualquier hecho, acto u omisión provenientes de los órganos del Poder Público Nacional, Estadal o Municipal. También procede contra el hecho, acto u omisión originados por ciudadanos, personas jurídicas, grupos u organizaciones privadas, que hayan violado, violen o amenacen violar cualquiera de las garantías o derechos amparados por esta Ley. Se entenderá como amenaza valida para la procedencia de la acción de amparo aquella que sea inmi...Pruebe GRATIS vLex durante 3 días
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