Tribunales de Primera Instancia
Procedimiento: Fijación de obligacion de manutención
Ponente: Héctor Peñaranda Quintero
Partes: PABLO CESAR ORTEGA MORENO Y YRAIDA MARIA CUICAR ORTIZ
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http://ve.vlex.com/vid/60484081
Id. vLex: VLEX-60484081
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declara:
a) CON LUGAR la demanda de FIJACION OBLIGACION DE MANUTENCION, intentada por el ciudadano PABLO CESAR ORTEGA MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N º V 10.415.914, en contra de la ciudadana YRAIDA ORTIZ DE MUJICA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad desconocida, a favor de los niños OLIVER ABRAHAM y MICHELLE VIVIANA ORTEGA CUICAR, ya identificados. Ahora bien para establecer el monto de la pensión de obligación de manutención este Juez Titular Unipersonal N º 1, atendiendo a las necesidades de la adolescente de autos, y la capacidad económica de las partes, fija como pensión de Obligación de Manutención mensual la cantidad equivalente a UN MIL BOLIVARES (Bs. 1.000, 00), en base a la fijación que del mismo haga el Gobierno Nacional y que actualmente asciende a la cantidad de OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE BOLIVARES CON CUARENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 879, 45). Para el momento en que se incremente el salario mínimo .....Sentencia nº 13090 de Tribunales de Primera Instancia, de 25 de Mayo 2009
TSJ Regiones - DecisiónPARTE NARRATIVAConsta de los autos que el ciudadano PABLO CESAR ORTEGA MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N º V 10.415.914, domiciliado en la ciudad El Tigre del Estado Anzoátegui, asistido por la abogada GABRIELA FARIA ROMERO, Defensora Pública Cuarta, designada para el Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción de la Judicial del Estado Zulia, en interés de los niños OLIVER ABRAHAM y MICHELLE VIVIANA ORTEGA CUICAR, intento demanda de FIJACION OBLIGACION DE MANUTENCION, en contra de la ciudadana YRAIDA MARIA CUICAR ORTIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N º V - 12.804.841, del mismo domicilio; alegando el ciudadano demandante lo siguiente: que a raíz de su separación, tuvo la custodia de los niños por seis (06) meses en la ciudad El Tigre del Estado Anzoátegui, pero ahora los tiene la abuela YRAIDA ORTIZ DE MUJICA, domiciliada en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a quien deseo fijarle una pensión de manutención, por cuanto no tiene acceso a la progenitora, ciudadana YRAIDA MARIA CUICAR ORTIZ, venezolana, mayor de...Pruebe GRATIS vLex durante 3 días
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