Tribunales Superiores y de Apelación
Procedimiento: Amparo constitucional (apelación)
Ponente: Francisco Jimenez
Partes: GRUPO LUARKA, C.A., REPRESENTADA POR LAS CIUDADANAS MARILYN VILLANUEVA MARTINEZ, CARMEN ISABEL VILLANUEVA MARTINEZ Y NELLY DEL CARMEN VILLANUEVA MARTINEZ, CONTRA WILLIAN JIMENEZ, JOSE RAFAEL HURTADO, ENMANUEL HURTADO, EUGENIO HURTADO, ROSA REYES, OLIVER MORA, RUBEN MORA, RUBEN ORTEGA, EILING BETANCOURT, ROSAIMA ESCANDON, SAKIE MORA, MANUEL RICO, RICMARY MALDONADO, LUIS ROMERO Y SARI MENDOZA.
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Id. vLex: VLEX-68970024
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Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando como Tribunal Constitucional en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 25 de junio de 2009, por las ciudadanas MARILYN VILLANUEVA MARTINEZ, CARMEN ISABEL VILLANUEVA MARTINEZ y NELLY DEL CARMEN VILLANUEVA MARTINEZ, en sus caracteres de Presidenta, Vicepresidenta y Vicepresidenta Ejecutiva de la sociedad mercantil GRUPO LUARKA, C.A., asistidas por el abogado RAFAEL ANGEL PEREZ PADILLA, contra la sentencia definitiva dictada el 22 de junio de 2009, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de esta Circunscripción Judicial.- SEGUNDO: INADMISIBLE la acción de Amparo interpuesta el 09 de febrero de 2.009, por las ciudadanas MARILYN VILLANUEVA MARTINEZ, CARMEN ISABEL VILLAN.....
Sentencia nº 10225 de Tribunales Superiores y de Apelación, Guárico, de 22 de Septiembre 2009
TSJ Regiones - DecisiónREPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, TRANSITO Y PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, ACTUANDO COMO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL.PARTE AGRAVIADA.-GRUPO LUARKA, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, el 29 de septiembre de 2005, bajo el N° 6, Tomo 86-A, representada por las ciudadanas MARILYN VILLANUEVA MARTINEZ, CARMEN ISABEL VILLANUEVA MARTINEZ y NELLY DEL CARMEN VILLANUEVA MARTINEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-5.388.582, V-7.077.030 y V-7.123.014, respectivamente, en sus condición de Presidenta, Vicepresidenta y Vicepresidenta Ejecutiva, en el mismo orden, de este domicilio.APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE AGRAVIADA.-RAFAEL ANGEL PEREZ PADILLA y MARIA EUGENIA NUÑEZ AGUAYO, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 30.873 y 55.139, respectivamente, de este domicilio.PARTE AGRAVIANTE.-WILLIAN JIMENEZ, JOSE RAFAEL HURTADO, ENMANUEL HURTADO, EUGENIO HURTADO, ROSA REYES, OLIVER MORA, RUBEN MORA, RUBEN ORTEGA, EILING BETANCOURT, ROSAIMA ESCANDON, SAKIE MORA, MANUEL RICO, RICMARY MALDONADO, LUIS ROMERO y SARI MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 12.604.446, 1.208.969, 7.122.695, 14.529.618, 4.863.948, 8.107.455, 15.062.881, 11.050.548, 4.840.220, 12.774.114, 4.455.651, 11.800.664, 7.104.204 y 7.132.898, respectivamente.ABOGADOS ASISTENTES DE LA PARTE AGRAVIANTE ARGENIS JOSE GONZALEZ SALAS y YANITZA ESCALONA VERA, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 12.994 y 52.692, respectivamente, de este domicilio MOTIVO.-RECURSO DE AMPARO CONSTITUCIONAL (APELACIÓN) EXPEDIENTE: 10.225Las ciudadanas MARILYN VILLANUEVA MARTINEZ, CARMEN ISABEL VILLANUEVA MARTINEZ y NELLY DEL CARMEN VILLANUEVA MARTINEZ, en su carácter de Presidenta, Vicepresidenta y Vicepresidenta Ejecutiva de la sociedad de comercio GRUPO LUARKA, C.A., asistidas por los abogados RAFAEL ANGEL PADILLA y MARIA EUGENIA NUÑEZ AGUAYO, el 09 de febrero de 2009, presentaron un escrito contentivo de Amparo Constitucional, contra los ciudadanos WILLIAN JIMENEZ, JOSE RAFAEL HURTADO, ENMANUEL HURTADO, EUGENIO HURTADO, ROSA REYES, OLIVER MORA, RUBEN MORA, RUBEN ORTEGA, EILING BETANCOURT, ROSAIMA ESCANDON, SAKIE MORA, MANUEL RICO, RICMARY MALDONADO, LUIS ROMERO y SARI MENDOZA, por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de esta Circunscripción Judicial, quien como distribuidor lo remitió al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de esta Circunscripción Judicial, quien el 10 de febrero de 2009, le dio entrada.El 12 de febrero de 2009, el Juzgado"a-quo"admitió la acción de amparo constitucional, acordó las medidas cautelares solicitadas, ordenó la notificación de los ciudadanos WILLIAN JIMENEZ, JOSE RAFAEL HURTADO, ENMANUEL HURTADO, EUGENIO HURTADO, ROSA REYES, OLIVER MORA, RUBEN MORA, RUBEN ORTEGA, EILING BETANCOURT, ROSAIMA ESCANDON, SAKIE MORA, MANUEL RICO, RICMARY MALDONADO, LUIS ROMERO y SARI MENDOZA, del Fiscal del Ministerio Público, y fijó la audiencia pública oral, para el cuarto día hábil siguiente una vez que constara en autos la última de las notificaciones.El 17 de febrero de 2009, el abogado RAFAEL PEREZ PADILLA, en su carácter de apoderado judicial de la parte presuntamente agraviada, mediante diligencia consignó poder otorgado por la presunta agraviada, de igual manera manifestó haber recibido despacho de ejecución de medidas cautelares, a los fines de consignarlos por ante el Tribunal Distribuidor de Ejecución de Medidas de esta Circunscripción Judicial.El 19 de febrero de 2009, el abogado RAFAEL PEREZ PADILLA, en su carácter de apoderado judicial de la parte presuntamente agraviada, mediante diligencia consignó 15 juegos de copia simples del recurso de amparo y del auto de admisión a los fines de la notificaciones de los presuntos agraviante y del Fiscal del Ministerio Público; siendo acordadas las notificaciones mediante auto dictado 27 del mismo mes.Los días 09 y 12 de marzo de 2009, el Alguacil del Juzgado"a-quo"diligenció manifestando haber notificado al Fiscal del Ministerio Público, y a los ciudadanos LUIS ROMERO, SARI MENDOZA, RICMARY MALDONADO, ROSA REYES.El 16 de abril de 2009, el ciudadano OLIVER MORA MORALES, asistido por la abogada CRISTINA SANCHEZ MORILLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 27.191, presentó escrito solicitando la reposición de la causa y reconvención por amparo sobrevenido.El 16 de marzo de 2009, el abogado RAFAEL PEREZ PADILLA , en su carácter de apoderado judicial de la sociedad de comercio GRUPO LUARKA, C.A., diligenció consignando fotografías del cartel fijado en las puertas del desarrollo VILLAS GUAYSAMAN, donde se condiciona la medida cautelar decretada y ejecutada a favor de su represe...Pruebe GRATIS vLex durante 3 días
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