Sentencia nº 4671 de Tribunales Superiores y de Apelación, de 08 de Mayo 2007

Tribunales Superiores y de Apelación

Procedimiento: Amparo constitucional
Ponente: Homero Sanchez
Partes: DTE: BENITO DE JESÚS DEL COROMOTO TORRES OROZCO DDO: CONTRA SENTENCIA DICTADA POR EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA ISNTANCIA EN LO CICIL Y MERCANTIL DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
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Id. vLex: VLEX-32803673

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Resumen:

En virtud de las consideraciones expuestas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y la precitada sentencia vinculante de fecha 1º de febrero de 2000, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con el artículo 17 eiusdem, este Juzgado, actuando en sede Constitucional, ordena la notificación del accionante, ciudadano BENITO DE JESÚS DEL COROMOTO TORRES OROZCO, para que, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a que conste en autos su notificación, excluidos de ese cómputo los días sábados, domingos y feriados, proceda a corregir los defectos y omisiones de que adolece su solicitud de amparo, antes mencionados, advirtiéndosele que de no hacerlo, según lo dispuesto en el precitado dispositivo legal, se declarará inadmisible la acción propuesta. En consecuencia, líbre¬se la correspondiente boleta con las inserciones pertinentes y entréguese al Alguacil de e.....

Citas:

Extracto:

Sentencia nº 4671 de Tribunales Superiores y de Apelación, de 08 de Mayo 2007

TSJ Regiones - Decisión

GADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, ocho (08) de mayo dos mil siete (2007).

197° y 148° El procedimiento que se ventila a continuación, se inició mediante escrito recibido por distribución en fecha 02 de mayo de 2007 y sus recaudos anexos, contentivo de la solicitud de amparo constitucional, presentado por el ciudadano BENITO DE JESÚS DEL COROMOTO TORRES OROZCO, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 3.267.749, domiciliado en la ciudad de Trujillo, Estado Trujillo y hábil, debidamente asistido por los abogados YRIA YRENE CARRERO GUILLEN y MIGUEL ÁNGEL GÓMEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 32.368 y 32.766, respectivamente, contra la sentencia de fecha 21 de febrero de 2007, proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a cargo de la Juez Temporal abogada CAROLINA GONZÁLEZ MORALES –a la que expresamente se sindica como agraviante– en la causa signada con el número 08811, de la nomenclatura propia de ese Juzgado, quien declaró sin lugar la apelación interpuesta por la abogada YRIA YRENE CARRERO GUILLÉN, en su condición de apoderada judicial de la parte demandada, contra la sentencia proferida por el Juzgado Tercero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 27 de julio de 2006 y en consecuencia del anterior pronunciamiento, declaró con lugar la acción de cumplimiento de contrato de arrendamiento, interpuesta por la ciudadana CIRA ROSA ZERPA CHACÓN, contra el ciudadano BENITO DE JESÚS DEL COROMOTO TORRES OROZCO, ordenando a la parte demandada realizar la entrega del inmueble objeto del litigio, modificó parcialmente la sentencia apelada, con respecto a los daños y perjuicios solicitados por la parte actora en su escrito libelar, los cuales no fueron especificados en el dispositivo del fallo apelado, se condenó a la parte demandada, al pago de la suma de once millones trescientos sesenta mil bolívares (Bs. 11.360.000,00), a razón de cuarenta mil bolívares (Bs. 40.000,00), diarios contados desde el 14 de mayo de 2006, hasta el día 21 de febrero de 2007, con motivo del retardo en la entrega del inmueble, tal como lo establece la cláusula penal del contrato de arrendamiento suscrito por las partes y se condenó en costas a la parte demandada por resul...



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